14 de octubre de 2024 a las 00:00h.
11 de noviembre de 2024 a las 23:59h.
2 de diciembre de 2024 a las 00:00h.
Introducción
La Fundación Tatiana Pérez de Guzmán el Bueno (en adelante, la Fundación) en cumplimiento de su misión de servicio a la sociedad mediante acciones de promoción de la investigación científica y formación de jóvenes convoca 3 becas-contratos postdoctorales en Neurociencia para españoles que deseen adquirir formación postdoctoral en España. Los proyectos de investigación a desarrollar por los becarios han de estar enfocados a estudiar el sistema nervioso humano y/o las enfermedades que lo afectan.
Descripción y bases
OBJETIVOS
El objetivo de las becas-contratos es plural. En primer lugar, se trata de facilitar la adquisición de formación, conocimientos y habilidades complementarios de los obtenidos por los becarios durante el período predoctoral. Además, se pretende que los becarios alcancen una formación amplia e integral en Neurociencia que ayude a su inserción en el tejido universitario y científico, y les capacite para liderar en el futuro proyectos de investigación y docencia bien fundamentados, ambiciosos y competitivos.
DURACIÓN Y DOTACIÓN
La duración inicial de las becas es de un año, prorrogable por períodos iguales, hasta un máximo de tres años, en función del cumplimiento satisfactorio del plan de trabajo. La dotación es de 47.000 €, 48.500 € y 50.000 € para las anualidades 1ª, 2ª y 3ª, respectivamente. Dicha dotación incluye la remuneración del becario y las cuotas a la Seguridad Social en las que deba incurrir el centro de acogida. Además, cada becario tendrá una asignación complementaria de 5.000 €, 7.000 € y 9.000 €, en las anualidades 1ª, 2ª y 3ª, respectivamente, para financiar gastos de asistencia a reuniones científicas y gastos de publicación, fundamentalmente.

REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES

Nacionalidad española.

Han de estar en posesión de un título de Doctor en Neurociencia o disciplinas afines, obtenido en 2020 o años posteriores.

Los solicitantes han de proponer incorporarse a un grupo de investigación y centro de acogida, diferentes de los de la etapa predoctoral.

Los solicitantes deberán acreditar su admisión en el grupo y centro universitario o de investigación donde pretenden desarrollar su trabajo postdoctoral.

Los directores del grupo de acogida deberán comprometerse a financiar el proyecto de investigación presentado por el candidato y acreditar que disponen de equipos y de presupuesto que lo hacen viable.

SOLICITUDES
Las solicitudes serán presentadas a través de la plataforma accesible desde la página web de la Fundación (www.fundaciontatiana.com/convocatorias/) y deberán incluir en un único PDF la información contenida en los puntos 1-7:
1. Documento de admisión en el grupo de investigación y centro universitario o de investigación donde el candidato pretende desarrollar el proyecto. El documento debe estar firmado por el director del grupo de investigación y por el responsable del centro de acogida y debe acreditar que se comprometen a:
• aceptar al solicitante.
• hacer viable la ejecución del proyecto de investigación presentado.
• gestionar la dotación de la beca-contrato postdoctoral, incluyendo la contratación del becario, las obligaciones con la Seguridad Social, y la gestión de la dotación complementaria.
2. Proyecto de investigación (máximo 6 páginas). Se especificarán: resumen, antecedentes, hipótesis y objetivos, actividades a realizar, cronograma, novedad, viabilidad, plan de contingencia, consideraciones éticas e interés del proyecto para la formación del becario. Es obligado, además, aportar los datos del proyecto o proyectos de investigación financiado/s del grupo de acogida. En caso de resultar agraciado, el becario deberá enviar a la Fundación la aprobación del proyecto presentado por parte del Comité de Ética del centro receptor (véase el apartado “Comienzo y Seguimiento”).
3. Curriculum vitae completo del solicitante.
4. Curriculum vitae del director del grupo de acogida. Se especificarán datos de contacto, datos profesionales (incluyendo la relación laboral con el centro de acogida), experiencia en formación de doctores y de investigadores postdoctorales, proyectos de investigación financiados en los últimos 7 años, número de sexenios, hasta diez publicaciones relevantes con indicadores de impacto y otros méritos que considere oportuno destacar.
5. Copia de los Títulos de Grado, Master y Doctor del solicitante.
6. Copia del expediente académico completo del solicitante incluyendo estudios de pregrado y posgrado.
7. Copia del documento nacional de identidad del solicitante por ambas caras.
FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
• El solicitante debe enviar a la Fundación un único documento pdf incluyendo toda la información solicitada en el apartado anterior a través de la plataforma habilitada al efecto en la página web de la Fundación, a la que se puede acceder desde este enlace: https://www.fundaciontatiana.com/convocatorias/
• La solicitud puede escribirse en español o en inglés.
• La fecha límite de envío de solicitudes es el 11 de noviembre de 2024. No se admitirán solicitudes con la documentación incompleta o enviada por un conducto distinto al indicado en el párrafo precedente.
• La Fundación podrá requerir al solicitante los documentos originales o compulsados que estime oportuno relativos a la información consignada en la solicitud.
EVALUACIÓN
Las solicitudes que cumplan las especificaciones, forma y plazo establecidos en los apartados precedentes serán evaluadas por un comité de selección formado por los miembros del Comité Científico para Neurociencia de la Fundación y, en su caso, otros expertos designados por la Fundación. Las evaluaciones se harán en dos fases:
• En la primera se evaluarán los méritos del candidato, proyecto y centro receptor teniendo en cuenta la adecuación de la solicitud a los objetivos de la convocatoria. Los candidatos que superen esta fase serán convocados a una entrevista personal. Los candidatos que pasen a la segunda fase deberán aportar a la Fundación dos cartas-informes: del Director de la Tesis Doctoral y de otro profesor o investigador con quien el candidato haya tenido relación académica o profesional. Dichas cartas-informes deberán valorar las aptitudes del candidato para realizar investigación en Neurociencia y añadir todas las consideraciones que se desee relevantes para esta convocatoria.
Las cartas-informes son confidenciales y deberán ser remitidas directamente a la Fundación por sus firmantes con el Asunto: Solicitud de Beca POSTDOCTORAL de Nombre Apellido 1 Apellido 2. La dirección de envío es: becas.neurociencia@fundaciontatiana.com
• La entrevista de la segunda fase será realizada en Madrid en la forma, lugar, día y hora que establezca la Fundación. Estarán presentes al menos un miembro del Comité Científico y un miembro del Patronato de la Fundación o persona que le represente. Las evaluaciones tendrán en consideración los siguientes criterios:
1. Méritos de investigación y académicos del candidato, incluyendo su potencial y capacidad de liderazgo;
2. Interés, novedad, calidad y viabilidad del proyecto de investigación propuesto;
3. Complementariedad del proyecto de investigación y del grupo de acogida en relación con la formación predoctoral del candidato;
4. Méritos del grupo de acogida.
El Patronato de la Fundación realizará la selección definitiva de los candidatos en función del informe del Comité Científico y del resultado de la entrevista. Podrá designar suplentes para el caso de que alguno de los seleccionados renuncie a la beca. La decisión del Patronato será inapelable. La adjudicación de la beca se comunicará a los beneficiarios en un plazo máximo estimado de tres meses a partir del cierre de la convocatoria. También se publicará en la página web de la Fundación. Una vez comunicada la adjudicación de la beca, el beneficiario deberá comunicar por correo electrónico a la Fundación su aceptación en un plazo máximo de 15 días naturales a partir de la notificación de su adjudicación. El beneficiario deberá hacer mención expresa de la renuncia a cualquier otra beca, contrato o ayuda concedida por otra institución pública o privada, en el caso de que las hubiese. Si transcurrido dicho plazo no se hubiera recibido dicha aceptación, se entenderá que el solicitante renuncia a la beca. En el supuesto de renuncia durante los seis primeros meses tras la asignación de la beca, la vacante podrá ser ofrecida al candidato suplente siguiente en el orden de prioridad establecido. Las becas-contrato que se concedan como consecuencia de las renuncias tendrán, con carácter general, una duración máxima de tres años.
COMIENZO Y SEGUIMIENTO
• Al comienzo, el becario deberá enviar a la Fundación un documento de aceptación de la beca-contrato debidamente cumplimentado y firmado en el plazo máximo de 15 días a contar desde el momento de comunicación de la concesión de la beca. Se entenderá que renuncian tácitamente a la beca los candidatos que no presenten la documentación requerida en el plazo establecido.
• Las universidades o centros de acogida deberán contratar a los beneficiarios.
• El contrato y la incorporación del beneficiario de la beca al grupo de investigación se realizarán antes del 30 de marzo de 2025. • En el 10º mes de la primera anualidad y de las siguientes, el becario deberá remitir a la Fundación un informe del trabajo realizado. Dicho informe deberá incluir el VºBº de: 1) el director del grupo de acogida, y 2) el responsable de la universidad o centro de acogida.
• La recepción y aprobación por la Fundación de los informes anuales mencionados en el párrafo anterior son requisitos indispensables para las prórrogas anuales de la beca-contrato.
GESTIÓN
• La gestión y administración de la beca-contrato corresponde a la universidad o centro de acogida.
• El importe de la beca será abonado por la Fundación a la universidad o centro de acogida tras recibir el documento de aceptación de la beca-contrato a que hace referencia el apartado anterior.
• La universidad o centro de acogida deberá destinar el importe íntegro de la beca a la retribución del becario, a sufragar las cuotas de la Seguridad Social, y a atender los gastos complementarios aludidos en el apartado “Duración y Dotación”. En caso de no agotar la asignación complementaria anual, la universidad o centro de acogida retornará el monto no gastado a la Fundación.
• La relación laboral de la universidad o centro de acogida con el becario deberá ajustarse a la legislación vigente.
COMIENZO Y SEGUIMIENTO


El becario se compromete a presentar los informes anuales sobre la ejecución y evolución del proyecto, así como actividades formativas y complementarias realizadas, antes del 30 de octubre.

El becario hará constar en todas las presentaciones y publicaciones que deriven del proyecto de investigación su condición de becario postdoctoral de la Fundación Tatiana.

El becario se compromete a participar en los actos que eventualmente organice la Fundación en relación con esta convocatoria, incluyendo la participación en los programas de formación específicos que establezca la Fundación.

El becario, el director del grupo de acogida y el responsable del centro de acogida se comprometen a comunicar a la Fundación cualquier incidencia que afecte al transcurso normal de la ejecución del proyecto.

En caso de renuncia a la beca tras haber disfrutado alguna mensualidad de la misma, el beneficiario deberá justificar por escrito el motivo a la Fundación en el plazo de 15 días desde la fecha de renuncia. Si no lo hiciera o, a juicio del Patronato de la Fundación no existiese causa suficiente, el becario quedará obligado a devolver a la Fundación la cantidad recibida hasta ese momento. En cualquier caso, la universidad o centro de acogida se obligan a devolver a la Fundación el remanente de la anualidad correspondiente en concepto de beca-contrato postdoctoral por ese beneficiario.

OBSERVACIONES
• Disfrutar de esta beca-contrato es incompatible con otras becas o contratos públicos o privados. Asimismo esta beca es incompatible con vinculaciones contractuales o estatutarias que impidan una dedicación exclusiva a la investigación. En el supuesto de incompatibilidad sobrevenida, la universidad o centro de acogida del becario deberán hacerlo saber a la Fundación para que revoque la ayuda.
• Los beneficiarios de estas ayudas podrán ser autorizados a prestar colaboraciones, con fines formativos, en tareas docentes del departamento universitario, en su caso, al que se encuentre vinculado el grupo de acogida, hasta un máximo de 60 horas por curso académico.
• Solo podrán autorizarse las percepciones que procedan de tareas docentes (cursos, conferencias o ponencias), de investigación (libros o artículos) o profesionales (e.g. consultas médicas) directamente relacionadas con la investigación llevada a cabo por el becario, siempre que sean esporádicas y no habituales. Estas actividades no podrán superar el 30% del importe anual bruto íntegro de la beca. La autorización de estas actividades corresponderá a la universidad o centro de acogida, que deberán comunicarlo a la Fundación.
• La beca-contrato tendrá la duración indicada en el apartado DURACIÓN Y DOTACIÓN (página 1). No obstante, cuando el contrato se concierte con una persona con discapacidad, el contrato podrá alcanzar una duración máxima de cinco años, prórrogas incluidas, teniendo en cuenta las características de la actividad investigadora y el grado de las limitaciones en la actividad. Las situaciones de incapacidad temporal y los periodos de tiempo dedicados al disfrute de permisos a tiempo completo por embarazo, riesgo durante el embarazo y la lactancia, maternidad, paternidad, adopción por guarda con fines de adopción o acogimiento familiar, o lactancia acumulada a jornadas completas, o por situaciones análogas relacionadas con las anteriores así como el disfrute de permisos a tiempo completo por razones de conciliación o cuidado de menores, familiares o personas dependientes, y el tiempo dedicado al disfrute de excedencias por cuidado de hijo/a, de familiar o por decisión de la trabajadora que se vea obligada a abandonar su puesto de trabajo como consecuencia de ser víctima de violencia de género durante el periodo de duración del contrato interrumpirán el cómputo de la duración del mismo. Cualquier incremento en el pago de la cuota patronal de la Seguridad Social como consecuencia del incremento del periodo del contrato por tales situaciones será por cuenta de la universidad o centro de acogida. Los periodos de tiempo dedicados al disfrute de permiso a tiempo parcial por nacimiento, maternidad, paternidad, adopción por guarda con fines de adopción o acogimiento familiar, y la reducción de jornada laboral por razones de lactancia, nacimiento de hijo/a prematuro u hospitalizado tras el parto, guarda legal, cuidado de menores afectados por cáncer o enfermedad grave, de familiares afectados por accidente o enfermedad grave o de personas dependientes, o por violencia de género, o reducciones de jornada por situaciones análogas relacionadas con las anteriores así como por razones de conciliación o cuidado de menores, familiares o personas dependientes, durante el periodo de duración del contrato darán lugar a la prórroga del contrato por el tiempo equivalente a la jornada que se ha reducido. Cualquier incremento en el pago de la cuota patronal de la Seguridad Social como consecuencia del incremento del periodo del contrato por tales situaciones será por cuenta de la universidad o centro de acogida.
• La presentación de la solicitud supone que los firmantes conocen el contenido de esta convocatoria y se comprometen a cumplir lo establecido en ella en caso de concederse la beca.
• En el caso de que el beneficiario, director del grupo o del centro de acogida incumplan los compromisos incluidos en esta convocatoria, la Fundación se reserva el derecho de proceder como considere oportuno, incluyendo la solicitud de devolución de cantidades abonadas.
• La Fundación se reserva el derecho de utilizar imágenes o material audiovisual aportados por los becarios como consecuencia de su proyecto de investigación, en el marco de sus objetivos fundacionales y de su comunicación institucional.
PROTECCIÓN DE DATOS
De conformidad con lo previsto en el Reglamento General de Protección de Datos europeo y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, el solicitante queda informado de que los datos facilitados serán tratados por LA FUNDACIÓN TATIANA PÉREZ DE GUZMÁN EL BUENO (en adelante, la Fundación), cuyos datos de contacto son los siguientes:
• Teléfono: 914 44 33 41
• Correo electrónico: info@fundaciontatianapgb.org
• Domicilio: Paseo General Martínez Campos, 25, 28010 – Madrid.
Los datos personales se tratarán con el fin de tramitar la solicitud de la beca-contrato postdoctoral en Neurociencia, como consecuencia de la participación en la convocatoria, para llevar a cabo las gestiones necesarias para la concesión de la beca-contrato postdoctoral correspondiente y, conforme a lo indicado en las bases de la convocatoria, para ponernos en contacto con los becados con el objeto de que expongan su experiencia, en el marco de las actividades propias de la Fundación, para contribuir a la divulgación de los conocimientos de especialización adquiridos.
Asimismo, la Fundación podrá utilizar las imágenes o material audiovisual aportados por el becado, como consecuencia de realización del proyecto de investigación, en el marco de sus objetivos fundacionales y de su comunicación institucional conforme a lo indicado en las bases de la convocatoria, previamente aceptadas por los solicitantes. La base de los tratamientos indicados es la existencia de la relación jurídica – contractual mantenida con esta Fundación como consecuencia de su participación en la convocatoria y la solicitud de la beca correspondiente. El tratamiento de los datos es necesario para la tramitación y, en su caso, concesión de la beca-contrato postdoctoral, siendo obligatorio que el interesado facilite sus datos, no pudiéndose otorgar la beca en caso contrario. Para esta finalidad los datos serán conservados mientras dure la relación jurídica mantenida entre las partes y, posteriormente, mientras pueda surgir algún tipo de responsabilidad legal nacida como consecuencia de ella. Asimismo, si usted lo autoriza, trataremos los datos para remitirle comunicaciones comerciales, incluso por medios electrónicos, con la finalidad de mantenerle informado de los eventos, convocatorias, conferencias y presentaciones que realice la Fundación. Para esta finalidad trataremos las siguientes categorías de datos: Nombre, apellidos y dirección de correo electrónico.
Los datos serán tratados sobre la base jurídica del consentimiento de la persona que los proporciona. Puede retirarse dicho consentimiento en cualquier momento, si bien ello no afectará a la licitud de los tratamientos efectuados con anterioridad. En cualquier caso, la autorización para tratar sus datos con este fin es voluntaria y su negativa sólo tendría como consecuencia el hecho de que sus datos no serían tratados con las finalidades descritas anteriormente. Los datos para estas finalidades serán conservados indefinidamente, salvo que el becado retire su consentimiento. Los datos serán comunicados a las Administraciones Públicas competentes, en los casos previstos en la Ley y para los fines en ella definidos y a las correspondientes entidades financieras, para la gestión económica de la beca. Sus datos serán comunicados a los miembros del Comité de Científico para que evalúen el proyecto remitido y emitan un informe al patronato de la Fundación al respecto, siendo éste el que decidirá el destinatario final de la beca. Asimismo, sus datos serán comunicados a la universidad o institución de acogida de la beca, para que se encargue de la administración y gestión de la misma. Finalmente, el nombre de la persona receptora de la beca-contrato postdoctoral será anunciado públicamente en la página web de la Fundación con la finalidad de dar publicidad de los destinatarios de la beca-contrato postdoctoral. Esta publicación tiene como base la satisfacción del interés legítimo consistente en garantizar la transparencia en el desarrollo de la convocatoria. Dicho interés legítimo se considera prevalente sobre los derechos y libertades del interesado porque únicamente se van a publicar los datos imprescindibles, es decir, el nombre y apellidos de los beneficiarios para garantizar la máxima transparencia del proceso y estos únicamente se mantendrán publicados durante el periodo de tiempo que dure el proyecto de investigación al que se haya concedido la beca-contrato postdoctoral.
En el caso de que sea una tercera persona quien nos facilite los datos del investigador que solicita la beca (responsables del proyecto, Decanos de la Universidades correspondientes, directores de centros, etc.) es su responsabilidad haber obtenido previamente el consentimiento de los investigadores para ello e informarles de todo lo establecido en esta cláusula, así como el resto de información exigida por el artículo 14 del RGPD. Asimismo, es responsabilidad del interesado informar de todo lo establecido en esta cláusula a los encargados del proyecto o directores del mismo y solicitar su consentimiento para facilitar sus datos a la Fundación y cumplir así con los requisitos establecidos en las Bases de la Convocatoria.
El solicitante tiene derecho a solicitar el acceso a sus datos personales, su rectificación o supresión, así como a la limitación de su tratamiento, a oponerse al mismo y a la portabilidad de sus datos. Frente a cualquier vulneración de sus derechos, puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es). Si se facilitan datos de terceros, se asume la responsabilidad de obtener su consentimiento e informarles previamente de todo lo previsto en el artículo 14 del Reglamento General de Protección de Datos en las condiciones establecidas en dicho precepto.